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¿Es necesario tener número de RIF?
Para hacer la declaración del Impuesto Sobre la Renta es indispensable
El Registro Único de Información Fiscal (RIF) es la cédula de identidad que priva en los trámites fiscales y tributarios en este país, y que a comienzos de cada año se vuelve una pieza clave para la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR). Para hacer este trámite es preciso colocar el número de RIF en la declaración.
La Ley del ISLR estipula que los contribuyentes, personas naturales o jurídicas, que realicen actividades económicas en Venezuela o posean bienes en el país están obligados a solicitar su inscripción en el RIF, documento que tiene una vigencia de tres años y cuya renovación debe hacerse en un plazo no mayor a los 30 días después de su vencimiento.
El RIF es de uso obligatorio en cualquier documento, solicitud, trámite, petición o actuación que se presente o realice ante el Seniat, así como en las declaraciones, facturas u otros documentos equivalentes que la persona (o empresa) presente o emita.
Dentro de los datos que recoge el RIF se cuentan los relacionados con las "cargas" familiares de cada contribuyente, es decir, aquellas personas dependientes del contribuyente y que se pueden "descargar" de las rentas a la hora de declarar el impuesto.
En la Ley de Impuesto sobre la Renta se establecen como cargas familiares los ascendientes y descendientes directos (siempre que sean menores de edad o estén incapacitados para el trabajo, o que estén estudiando y sean menores de 25 años). Hermanos y sobrinos no pueden incluirse como cargas familiares.
Para obtener el RIF hay que visitar el portal Web del ente tributario (www.seniat.gob.ve), registrarse como usuario y luego proceder con este trámite, así como con cualquiera otro de los que de forma online ofrece el Seniat.
El sistema emite un formulario cuando el usuario hace el trámite de solicitud y llena los datos. La persona luego debe acudir con este formulario impreso ante la oficina del Seniat que corresponda a su domicilio fiscal o puede aprovechar los operativos especiales que se hacen en esta temporada por la cercanía de la declaración del ISLR. Debe presentar además original y copia de su cédula de identidad, original y copia de un documento probatorio del domicilio fiscal (factura de servicios, contrato de alquiler, etc. que avale el domicilio). También debe llevar los documentos que prueben sus cargas familiares según sea el caso, como copias de cédula de identidad, original y copia de certificados de incapacidad para trabajar, por ejemplo, etc.
El 31 de marzo vence el plazo para hacer la declaración del ISLR correspondiente al año 2010. En esta ocasión, según ha informado el Seniat, todos los contribuyentes deben hacer la declaración por vía electrónica (a través del portal Web del Seniat) salvo, si así lo quieren, las personas naturales que al hacer el cálculo del impuesto tengan algún pago que hacer al Tesoro. Estos contribuyentes son los únicos que podrán declarar de forma manual a través de las tradicionales planillas.
Fuente: El Universal
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